Si en algún momento recibiste un dinero, ya sea por créditos, regalos o premios, siempre es mejor informar al SAT (Servicio de Administración Tributaria) en la declaración anual, de esta forma, se evitan las discrepancias en tus ingresos; en el caso de que el monto supere los 600 mil pesos mexicanos, es una obligación del contribuyente.
La Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) le permite al SAT poder determinar impuestos a pagar cuando una persona física tiene erogaciones, incluyendo depósitos en cuentas o tarjetas de crédito, mayores a los ingresos declarados, considerando que tiene una discrepancia fiscal.
El contribuyente es aquella persona física con derechos y obligaciones, frente a un agente público, en este caso, ante el SAT. El pago de los tributos son los impuestos, tasas o contribuciones especiales; con la finalidad es financiar al Estado. Se puede clasificar en dos grupos:
A) Personas Físicas o Naturales: es toda persona que que obtiene rentas de su trabajo personal, es decir, que cuenta con ingresos provenientes de un negocio, profesionales liberales, entre otras. Para personas físicas la ley 8-92, del 3 de abril de 1992, en su artículo No. 9 establece que el interesado debe presentar una serie de documentos para fines de inscripción tales como copia de la cédula de identidad y electoral, en caso de nacionales sin cédula el interesado deberá presentar su pasaporte o certificado de la Junta Central Electoral. En caso de extranjero, presentar el pasaporte llenar debidamente el cuestionario al contribuyente, disponible en las administraciones y agencias locales.
B) Persona Jurídica o Moral: están conformadas por las asociaciones de varias personas dentro de un organismo o sociedad. Son identificadas mediante un razón social que conlleva a derechos y facultades contrayendo obligaciones civiles y comerciales. Mediante resolución No. 494-97, la Secretaría de Estado de Finanzas estableció que toda persona jurídica o moral, deberá proveerse de una tarjeta de identificación tributaria en la cual consta de: Nombre, Número de Registro Nacional del Contribuyente (RNC) y Fecha de Constitución de la Compañía.
Dicho lo anterior, si la persona física o moral recibe un depósito en su cuenta bancaria es recomendable que se declare al SAT, de no hacerlo, la autoridad puede considerarlo como un ingreso y por ende cobrar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) sobre ese monto extraordinario. Cabe resaltar que los préstamos están exentos de impuestos, pero deben declarase, en caso contrario la autoridad podría determinar que existe discrepancia fiscal.
Se vuelve obligatorio el informe al fisco si el monto supera los 600 mil pesos, sin importar que sean donativos, premios o herencias; refiriendo un concepto por cada uno o en conjunto. Por ejemplo: si se recibe un préstamo personal por 200 mil pesos y un crédito personal por 500 mil pesos, se debe de informar en la declaración anual porque la suma de ambos conceptos superan el monto establecido. Cabe resaltar que no se tiene que hacer en las declaraciones mensuales o provisionales.
La función del SAT es hacer el análisis de la declaración anual de todas los contribuyentes, cotejando sus gastos y que tengan congruencia con sus ingresos. La discrepancia surge cuando lo que se gasta es mayor a lo que se recibe, es por eso que se debe de declarar todos los ingresos de dinero. De acuerdo con la ley del ISR, no existe un monto máximo o mínimo para que la persona sea objeto de este examen.
Es un tema muy tocado en los inicios del 2020, surgió la duda cuando las autoridades dieron a conocer la noticia de que a partir de enero todos los movimientos que se hagan a través de las tarjetas de crédito y débito serán notificados al SAT. Sin embargo, ese informe ya lo hacen los comercios, tiendas, dependencias, etc, que utilizan esta vía de pago. La diferencia que es ahora es automático.
Pero, ¡No te preocupes! los casos en los que la autoridad va a poner más atención son los que suman cientos de miles o hasta millones de pesos, son investigados y, si existe discrepancia, entonces se les aplicará la ley. Si quieres ser un buen mexicano, entonces debes informar al SAT cualquier ingreso de dinero a tu bolsillo para que no haya problemas a futuro.
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juan:
Viernes, 7 de abril de 2023
un prestamo de 60000 tengo que declararlo en mi declaracion anual cual es el fundamento
Pilar Flores:
Sábado ,25 de enero de 2020
Tengo una duda para declarar mis ingresos ante el SAT ¿Es necesario avisar de todos los movimientos que tengo con la tarjeta de débito? ¿Qué pasa cuando compro algo en efectivo? por ejemplo unas frutas en el mercado.
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